Personas en fotos de spotting: KUG, RGPD e imágenes de tripulación y pasajeros

Una piloto en la ventanilla de cabina, pasajeros en la escalerilla, visitantes en la terraza: cuándo puedes mostrar estas imágenes, qué excepciones prevé la ley alemana KUG y dónde entra en juego el RGPD.

Redacción de PlanetrackPublicado: 15 de octubre de 202615 min de lectura

Lo esencial en resumen

  • Disparar y subir son cosas distintas: casi todas las cuestiones legales sobre personas en la imagen surgen solo cuando difundes una foto o la muestras públicamente.
  • El consentimiento es la regla: según el § 22 de la ley alemana KUG, una imagen de una persona solo puede difundirse con su consentimiento; las excepciones del § 23 KUG son estrechas.
  • Accesorio significa prescindible: una persona solo es accesoria si la imagen tendría el mismo mensaje sin ella. La piloto que saluda desde la ventanilla de cabina ocupando todo el encuadre no lo es.
  • Internet no es privado: quien publica fotos abiertamente deja de estar, según la jurisprudencia del TJUE, bajo la excepción doméstica de las normas de protección de datos.
  • Los accidentes y las emergencias son tabú: las tomas que exhiben a personas indefensas o fallecidas pueden ser delito según el § 201a del Código Penal alemán (StGB), ya al realizarlas.
Índice
  1. 1.La respuesta corta
  2. 2.El marco jurídico: KUG, RGPD y Código Penal
  3. 3.Las dos preguntas antes de cada subida
  4. 4.Situaciones típicas en el aeropuerto
  5. 5.Caso especial: tripulación y personal de tierra
  6. 6.Pasajeros: en la terminal, en la escalerilla, a bordo
  7. 7.Terrazas de visitantes y eventos
  8. 8.Accidentes, incidentes, emergencias
  9. 9.¿Hacer irreconocible o fotografiar de otra manera?
  10. 10.Contexto, pie de foto y metadatos
  11. 11.Austria y Suiza
  12. 12.A qué debes prestar atención
  13. 13.Conclusión

El Boeing rueda despacio, en la ventanilla de cabina saluda el comandante y en la terraza de visitantes un niño graba con el móvil. Un momento bonito y, a la vez, el instante en que una simple foto de avión se convierte en una imagen con personas. Las personas en fotos de spotting son jurídicamente el tema más delicado de la afición, porque aquí confluyen el derecho a la propia imagen, el RGPD y, a veces, incluso el Derecho penal. Este artículo explica qué exige la ley alemana de derechos de imagen (Kunsturhebergesetz, KUG), cuándo se aplica el RGPD y cómo tratar las imágenes de tripulaciones, pasajeros y visitantes.

El avión en el centro

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La respuesta corta

Una foto en la que una persona es reconocible y marca la imagen solo puedes publicarla en Alemania, en principio, con su consentimiento. Hay excepciones, por ejemplo cuando la persona es solo un elemento accesorio junto a un lugar o participa en un acto público, pero son más estrechas de lo que creen muchos spotters. El simple hecho de fotografiar en el espacio público es, en cambio, en gran medida inocuo. Lo decisivo es el momento en que subes la imagen a la red, la envías a una base de datos o la compartes en un grupo.

Dónde y si puedes fotografiar en un aeropuerto es otra cuestión. Depende de las normas del gestor del recinto y de las zonas restringidas de seguridad y se trata en el resumen ¿Está permitido el spotting? y en el artículo sobre las normas del gestor del aeropuerto. Aquí se trata exclusivamente de las personas en tus imágenes.

Orientación, no asesoramiento jurídico

Este texto explica principios y situaciones típicas en el aeropuerto según el Derecho alemán. Si una publicación concreta es lícita lo decide siempre el caso concreto. En una disputa real, solo la revisión de un abogado sustituye a una respuesta fiable.

El marco jurídico: KUG, RGPD y Código Penal

Tres normativas intervienen cuando hay personas en fotos de aviones. No hace falta que te las sepas de memoria, pero sí que sepas qué cubre cada una.

Ley KUG: el derecho a la propia imagen

La Kunsturhebergesetz (KUG) tiene más de cien años, pero su núcleo sigue vigente. El § 22 KUG establece que las imágenes de personas solo pueden difundirse o exhibirse públicamente con el consentimiento de la persona retratada. Quien cobró por la foto ha consentido, en caso de duda. Tras la muerte de una persona, necesitas durante diez años el consentimiento de sus familiares.

El § 23 KUG menciona cuatro casos en los que puede hacerse sin consentimiento:

  1. Imágenes del ámbito de la historia contemporánea: es decir, imágenes por las que existe un auténtico interés informativo público.
  2. Elementos accesorios: personas que aparecen solo junto a un paisaje o un lugar.
  3. Reuniones y desfiles: imágenes de eventos en los que han participado los retratados.
  4. Arte: imágenes no realizadas por encargo, cuando su difusión sirve a un interés superior del arte.

Es importante la frase final del apartado 2: ni siquiera una de estas excepciones sirve si la publicación vulnera intereses legítimos de la persona retratada. Una infracción de los §§ 22 y 23 es incluso delito según el § 33 KUG, con pena de prisión de hasta un año o multa, aunque solo a instancia de parte. En la práctica, los conflictos suelen llegar como requerimiento de cese o de supresión, no ante un tribunal penal.

RGPD: en cuanto compartes públicamente

Una foto en la que se reconoce a una persona contiene datos personales. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) excluye las actividades puramente privadas: según el art. 2, apartado 2, letra c) del RGPD, no se aplica al tratamiento efectuado por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas. Tu archivo fotográfico en el disco duro de casa suele entrar en esta categoría.

Con la publicación es distinto. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidió ya en 2003, en el asunto Lindqvist (C-101/01), que publicar datos personales en internet ya no entra en la excepción privada, porque los datos pasan a ser accesibles a un número ilimitado de personas. Si publicas una imagen abiertamente en Instagram, en una base de datos fotográfica o en tu sitio web, te mueves por ello dentro del ámbito de aplicación del Derecho de protección de datos.

Cómo interactúan exactamente la KUG y el RGPD no está aclarado de forma definitiva en la literatura jurídica ni en la jurisprudencia. Para el ámbito periodístico, la cláusula de apertura del art. 85 del RGPD permite normas nacionales especiales, y los tribunales siguen aplicando allí la KUG. Para los fotógrafos aficionados, en la práctica se llega a una ponderación similar: ¿existe un interés legítimo en la publicación y prevalece el interés de la persona retratada en no ser mostrada? Los criterios de la KUG (accesorio, acto, historia contemporánea) siguen siendo una buena orientación.

Derecho penal: § 201a StGB

Un límite estricto lo marca el § 201a del Código Penal alemán (StGB). Es punible, entre otras cosas, realizar o transmitir sin autorización tomas que exhiben el desamparo de una persona, o tomas que muestran a una persona fallecida de manera gravemente ofensiva. La pena llega hasta dos años de prisión. Quedan excluidos los actos en defensa de intereses legítimos preponderantes, como informar sobre la actualidad. Aquí no se trata solo de publicar: ya disparar puede ser punible.

§ 22KUG: publicación en principio solo con consentimiento
4excepciones menciona el § 23 KUG, todas con ponderación de intereses
10 añosde protección de la imagen tras la muerte, a través de los familiares

Las dos preguntas antes de cada subida

En el día a día junto a la valla no necesitas artículos de ley, sino dos preguntas:

  1. ¿Se reconoce a alguna persona? No cuenta solo la cara. Las placas identificativas del uniforme, la ropa llamativa, la complexión, los tatuajes o simplemente el contexto pueden hacer identificable a alguien. Sobre todo con las tripulaciones esto es importante: la matrícula, la fecha, la hora y el número de vuelo suelen acotar exactamente una dotación que los compañeros y compañeras identifican al instante.
  2. ¿Es la persona motivo o casualidad? La prueba: ¿podrías quitarla de la imagen sin que cambien el mensaje y el efecto? Entonces hay mucho a favor de considerarla accesoria. Si está en el centro, atrae la mirada o es la razón de la foto, es motivo.

Si la respuesta es «sí» las dos veces, necesitas un consentimiento, una excepción sólida u otra imagen.

Situaciones típicas en el aeropuerto

La tabla siguiente es una orientación para situaciones habituales de los spotters. No sustituye el examen del caso concreto, pero muestra aproximadamente por dónde pasan los límites.

Situación de la imagen ¿Reconocible? ¿Motivo? Valoración
Aproximación de aterrizaje, tripulación apenas visible tras los cristales de cabina no no Verde: toma puramente del avión
Imagen en rodaje con plano general, la tripulación saluda como un pequeño punto apenas no Verde: la persona no es el motivo
Piloto ocupando todo el encuadre en la ventanilla de cabina con teleobjetivo sí sí Rojo sin consentimiento
Jet regional en la escalerilla, pasajeros pequeños al fondo en parte no De verde a amarillo: más bien accesorios
Familia embarcando, con mucho zoom sí sí Rojo sin consentimiento
Operario de rampa con chaleco reflectante, de espaldas y lejos no no Verde
Señalista guiando al avión, grande en la imagen con placa identificativa sí sí De amarillo a rojo: preguntar o encuadrar de otra manera
Terraza de visitantes llena como escena, avión al fondo en parte a veces Amarillo: la escena de conjunto sí, los retratos individuales no
Bautizo de una librea especial, evento público con público sí a veces Amarillo: evento, pero aun así con respeto
Niño en la valla saludando a un Airbus sí sí Rojo sin consentimiento de los padres
Evacuación o heridos tras un incidente sí sí Rojo: penalmente delicado ya al fotografiar
Colega spotter con cámara, con su visto bueno sí sí Verde: hay consentimiento

La diferencia entre la fila 2 y la fila 3 es únicamente la distancia focal: la misma persona, el mismo puesto de trabajo, pero una vez como punto de la imagen y otra como retrato.

Caso especial: tripulación y personal de tierra

Pilotos, tripulantes de cabina, señalistas, operarios de equipajes y conductores de camiones cisterna están trabajando. No pueden apartarse cuando les apunta un teleobjetivo y no han elegido su puesto de trabajo como escenario fotográfico. Por eso una toma de cabina a pantalla completa es algo distinto de un plano general del avión rodando.

La tripulación tampoco es una «persona de la historia contemporánea» solo porque pilote un gran jet. Puede existir un interés informativo del público en un acontecimiento real, por ejemplo un aterrizaje extraordinario, pero apenas en un rodaje normal un martes por la mañana.

Soluciones pragmáticas:

  • Elige el plano general. Para documentar la matrícula, el tipo y la librea no necesitas la cabina a pantalla completa.
  • Pregunta si puedes. En fly-ins, jornadas de puertas abiertas o en la aviación general es frecuente entablar conversación con las tripulaciones. Un breve «¿puedo mostrar la imagen en internet?» aclara las cosas.
  • Un saludo no es un sí. El amable saludo desde la ventanilla de cabina es un gesto simpático, pero no un consentimiento para publicar en una base de datos mundial.
  • Fíjate en las placas identificativas. Los uniformes llevan a menudo nombres. Si se puede leer una placa, haces a la persona especialmente fácil de identificar.

Quien tenga ocasión de estar en la cabina de mando encontrará las normas al respecto en el artículo Fotos en la cabina de mando.

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Pasajeros: en la terminal, en la escalerilla, a bordo

Los pasajeros están en una situación especial. Quizá viajan por motivos privados, profesionales o en una situación que no le importa a nadie: una despedida, una enfermedad, unas vacaciones con la nueva pareja. Quien aparece de forma reconocible embarcando revela el lugar, la hora y, a menudo, el destino del viaje.

  • Plataforma y escalerilla: si el avión es el motivo y las personas son pequeñas e intercambiables, hay mucho a favor de considerarlas accesorias. Si haces zoom sobre alguien concreto, necesitas su consentimiento.
  • En la terminal: aquí rige además el reglamento interno del aeropuerto, que a veces restringe la fotografía. Lo que está permitido lo describe el artículo Fotografiar en la terminal.
  • A bordo: los compañeros de viaje y el personal de cabina apenas se pueden evitar en la cabina estrecha. Las fotos de la ventanilla suelen ser inocuas; las fotos de la cabina con vecinos de asiento reconocibles, no. Encontrarás más en la guía Fotografiar y grabar a bordo.

Terrazas de visitantes y eventos

En terrazas como la terraza de visitantes del aeropuerto de Hamburgo o la colina de observación del aeropuerto de Múnich (Besucherhügel) hay mucha gente una junto a otra. Una escena con público y el avión al fondo puede estar bien como toma de conjunto. En cuanto destacas a una sola persona, a una pareja o a un niño, pasa a ser un retrato.

En festivales aéreos y jornadas de puertas abiertas puede ayudarte la excepción para eventos, pero solo para imágenes que muestran lo ocurrido en su conjunto, no para retratos individuales sacados de la multitud. La guía Fotografiar festivales aéreos trae consejos para la fotografía en estos eventos.

Accidentes, incidentes, emergencias

Aquí se acaba el margen. Un avión con el motor humeando en la pista, una intervención de rescate en la plataforma, pasajeros en los toboganes de emergencia: estas imágenes pueden documentarse como hechos de la historia contemporánea, pero los heridos, las personas indefensas y los muertos no deben aparecer. El § 201a StGB castiga ya la realización de estas tomas si no existe un interés legítimo preponderante.

A ello se suma lo humano: no estorbes nunca a los equipos de intervención, mantén la distancia y pregúntate si el mundo necesita de verdad tu imagen. Si el servicio de seguridad del lugar te pide que borres tomas, encontrarás la valoración en el artículo ¿Tengo que borrar las fotos si me lo exige el servicio de seguridad?.

¿Hacer irreconocible o fotografiar de otra manera?

A favor de hacer irreconocible

  • Salva la única toma de un visitante raro cuando aparece alguien por casualidad.
  • Resuelve las quejas de forma pragmática, sin sacrificar toda la foto.
  • Se puede hacer después, siempre que hayas archivado el original.

En contra de hacer irreconocible

  • Una cabina pixelada o una barra perjudica mucho el efecto de la imagen.
  • La identificación por el uniforme, la placa o el contexto suele seguir siendo posible.
  • Algunas bases de datos fotográficas rechazan imágenes visiblemente retocadas.

Lo mejor suele ser no fotografiar el problema desde el principio: una distancia focal más corta, un paso a un lado, esperar unos segundos a que el grupo se haya ido. Un recorte que saque a la persona de la imagen es más limpio que cualquier retoque. Cómo fijar los encuadres con intención lo explica el artículo Recortar bien las fotos de aviones.

Contexto, pie de foto y metadatos

Una imagen discreta puede volverse problemática por su entorno:

  • El pie de foto. «La tripulación aterriza duro el jet» junto a una piloto reconocible es algo distinto de «D-AIxx en final». Una publicación se valora en su conjunto.
  • La combinación. La matrícula, la fecha, el número de vuelo y una cara reconocible forman juntos una información muy precisa sobre una persona.
  • Los metadatos. Los datos GPS y la hora de la toma viajan en el archivo. Cómo gestionarlos de forma consciente está en la guía Metadatos de las fotos de aviones.

Para plataformas como Instagram o vídeos cortos en YouTube Shorts, TikTok y Reels rige lo mismo, con la salvedad de que los vídeos captan a más personas y a menudo también voces. Por cierto, los derechos propios sobre tus fotos son un tema completamente distinto; lo trata el artículo Derechos de autor de las fotos de aviones.

Normalmente inocuo si…

  • el avión es claramente el motivo
  • las personas son pequeñas, casuales y no reconocibles
  • el título y la descripción son neutros

Piénsalo primero si…

  • la tripulación o el personal de tierra son claramente reconocibles
  • aparece un evento con público
  • quieres vender la imagen o usarla comercialmente

Mejor no publicar si…

  • los niños son el motivo sin consentimiento de los padres
  • se muestra a personas heridas, indefensas o en una situación de emergencia
  • la imagen ilustra una acusación contra una persona concreta

Si quieres vender imágenes con personas, necesitas por regla general un consentimiento expreso, que lo mejor es dejar por escrito; encontrarás los detalles en la guía Vender fotos de aviones.

Austria y Suiza

En Austria, el § 78 de la ley de derechos de autor (Urheberrechtsgesetz) protege las imágenes de personas: no pueden publicarse si con ello se vulneran intereses legítimos de la persona retratada. Es un enfoque distinto del principio alemán del consentimiento, pero lleva a resultados similares en retratos en situaciones delicadas. En Suiza, la protección de la imagen se deriva del derecho general de la personalidad en el Código Civil y del Derecho de protección de datos. Encontrarás más sobre la situación legal del spotting en ambos países en los artículos sobre Austria y Suiza; para más destinos, en el resumen Hacer spotting en el extranjero.

¿Listo para subir la foto?

Marca lo que se cumple en tu imagen: al final verás si puedes mostrarla con la conciencia tranquila.

  • En la imagen no se reconoce a nadie, o la persona es un mero elemento accesorio.
  • Las placas identificativas de los uniformes no se pueden leer.
  • No hay niños como motivo.
  • La imagen no muestra heridos, personas indefensas ni personas en una situación de emergencia.
  • El título y la descripción están redactados de forma neutra.
  • He revisado los metadatos antes de subirla.

A qué debes prestar atención

  • Decide en el spot, no en el ordenador. La distancia focal y la posición resuelven la mayoría de los casos antes de que se produzcan.
  • No estires lo de «accesorio». «Si solo es fondo» deja de ser cierto en cuanto alguien atrae la mirada.
  • No reduzcas la identificación a las caras. El uniforme, la placa y el contexto suelen bastar.
  • Toma en serio las peticiones de borrado. Una foto de afición no merece una disputa. Una reacción objetiva termina casi cualquier caso.
  • Respeto a los colegas. Tampoco otros spotters quieren acabar en la red como retrato sin que se les pregunte; más en la etiqueta del spotter.

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Conclusión

Las personas en fotos de spotting no son una prohibición, sino una ponderación. La ley KUG exige en principio un consentimiento para los retratos reconocibles, el RGPD entra en juego en cuanto compartes públicamente y, en las emergencias, el Derecho penal traza una línea clara. Para la verdadera pasión (aviones, matrículas, libreas) casi nunca necesitas personas reconocibles. Donde aun así aparece alguien en la imagen, un plano general, un recorte o una pregunta breve ayudan más que cualquier retoque.

Resumen

Fotografiar es la parte fácil; publicar, la decisiva. Antes de cada subida, comprueba si se reconoce a una persona y si ella sostiene la imagen. Si se dan ambas cosas, necesitas su consentimiento u otra imagen, y a heridos o personas indefensas no los muestres nunca.

Resumen

  • Que se pueda publicar una foto de spotting con personas depende de dos preguntas: ¿se reconoce a la persona? ¿Es ella la que sostiene la imagen o aparece solo por casualidad?
  • En Alemania, la ley KUG regula el derecho a la propia imagen; el RGPD se aplica además en cuanto compartes fotos públicamente. Cómo interactúan exactamente ambos no está aclarado de forma definitiva desde el punto de vista jurídico.
  • Los miembros de la tripulación, el personal de tierra y los pasajeros están trabajando o de viaje y apenas pueden esquivar la cámara: un motivo para ser especialmente prudente con los primeros planos.
  • Elegir una distancia focal corta, otro encuadre o preguntar brevemente resuelve casi cualquier conflicto ya en el spot.

Preguntas frecuentes

¿Puedo fotografiar a pilotos en la ventanilla de cabina y publicar la imagen?

Fotografiar, por regla general, puedes hacerlo desde la zona pública. Al publicar, lo que cuenta es el efecto de la imagen: con un plano general del avión en el que la tripulación es diminuta y apenas reconocible, suele ser inocuo. Si la piloto ocupa todo el encuadre y es claramente el motivo, necesitas en principio su consentimiento. Muchas tripulaciones saludan de buen grado, pero un saludo no es todavía consentimiento para publicar.

¿Qué dice la ley alemana KUG sobre las fotos de personas?

El § 22 KUG establece que las imágenes de personas solo pueden difundirse o exhibirse públicamente con el consentimiento de la persona retratada. El § 23 KUG menciona excepciones: imágenes del ámbito de la historia contemporánea, personas como accesorio junto a un paisaje o un lugar, reuniones y desfiles, e imágenes que sirven a un interés superior del arte. Tampoco entonces rige la excepción si se vulneran intereses legítimos de la persona retratada.

¿Se aplica el RGPD también a los spotters aficionados?

Mientras uses las imágenes exclusivamente en privado, por ejemplo en tu archivo fotográfico o en el álbum familiar, rige la excepción para actividades personales o domésticas del art. 2, apartado 2, letra c) del RGPD. Si publicas fotos abiertamente en internet, esa excepción, según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, normalmente ya no es aplicable, porque los datos pasan a ser accesibles a un círculo ilimitado de personas.

¿Son los pasajeros en la plataforma un elemento accesorio?

Depende de la composición de la imagen. Si un jet regional con escalerilla es el centro y las personas que embarcan son pequeñas e intercambiables, hay mucho a favor de considerarlas accesorias. Si en cambio haces zoom sobre una familia concreta en la escalerilla, ella es el motivo. Regla general: si la imagen contaría la misma historia sin la persona, es más bien accesoria.

¿Puedo publicar fotos de un incidente o un accidente?

Documentar el avión y lo sucedido como hecho de la historia contemporánea puede ser lícito. En cambio, las tomas que exhiben a personas heridas, indefensas o fallecidas son delito ya al realizarlas según el § 201a StGB (Código Penal alemán), si no existe un interés legítimo preponderante. Mantén la distancia, no estorbes a los equipos de rescate y no muestres a los afectados.

¿Basta con pixelar las caras?

No siempre. A las personas también se las reconoce por las placas identificativas del uniforme, la ropa llamativa, la complexión o el contexto, por ejemplo cuando la matrícula, la fecha y el número de vuelo acotan una tripulación concreta. Revisa la imagen editada a tamaño completo y pregúntate si colegas o conocidos podrían identificar igualmente a la persona.

¿Qué hago si alguien se reconoce en mi foto y exige que la borre?

Reacciona con calma y rapidez. Lo más sensato suele ser retirarla o hacer irreconocible a la persona, aunque veas la situación legal de otra manera. En las imágenes compartidas públicamente, la persona puede además invocar su derecho de supresión del art. 17 del RGPD. Si recibes una carta de un abogado, busca tú también asesoramiento profesional.

PT

Redacción de Planetrack

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